Reclamación de cantidad en Maracena y Granada
Salarios, horas extra o atrasos que la empresa no le paga. Reviso sus nóminas y le confirmo qué puede reclamar y con qué plazo.
Lo que suele sentir al llegar aquí
La empresa le debe dinero: salarios, horas extra, pagas extraordinarias o conceptos que no cuadran en la nómina. No sabe cuánto tiempo tiene para reclamarlo ni si merece la pena hacerlo por lo que le deben.

Un año para reclamar, contado pago a pago
El artículo 59 del Estatuto de los Trabajadores fija en un año el plazo general para reclamar cantidades derivadas del contrato de trabajo. Para las percepciones económicas, ese año se cuenta desde el día en que pudo exigir cada pago, no desde que termina el contrato: si le deben varias mensualidades, cada una tiene su propio plazo en marcha.
Eso significa que cuanto más tiempo pase, más atrasos habrá prescrito. No hace falta esperar a que termine su relación laboral para reclamar, y en muchos casos conviene no esperar.
Papeleta de conciliación y, si no hay acuerdo, demanda
Antes de demandar, salvo excepciones legales, hay que intentar la conciliación ante el SMAC. Presentarla suspende el cómputo del plazo mientras se tramita, y muchas reclamaciones se resuelven ahí mismo, sin llegar a juicio, cuando la deuda está bien documentada.
Si la empresa no paga tras la conciliación, la deuda genera además un interés de mora del 10% anual sobre la cantidad adeudada (artículo 29.3 ET), que se suma a lo reclamado.
Cómo abordo una reclamación de cantidad
Empiezo por revisar sus nóminas y su contrato para saber exactamente qué le deben y desde cuándo. Con esa cifra clara, valoro si conviene resolverlo en la conciliación previa o si hace falta llegar a juicio, y le explico qué puede esperar de cada vía antes de empezar.
Así trabajo su caso
01
Reviso nóminas y contrato
Comparo lo pactado, lo que marca el convenio y lo que realmente ha cobrado.
02
Calculo lo adeudado
Incluyendo el interés de mora que corresponda sobre cada cantidad.
03
Presento la papeleta de conciliación
Muchas reclamaciones se resuelven en este paso, sin llegar a juicio.
04
Demando si no hay acuerdo
Y le acompaño hasta que se resuelva o se ejecute el cobro.
Atención en Maracena, Granada y la Axarquía
Atiendo presencialmente en mi despacho de Maracena, en C/ Horno 1, Bajo · 18200 Maracena (Granada), y también de forma telemática. Trabajo con personas de Granada y su área metropolitana, además de Vélez-Málaga, Torre del Mar y la Axarquía. Después de revisar el alcance del asunto, preparo un presupuesto ajustado al trabajo que realmente necesita.
Ver despacho en MaracenaEn qué le ayudo exactamente
Salarios impagados o con retraso
Reviso sus nóminas y calculo lo que la empresa le debe, con los intereses.
Horas extra no abonadas
Si las ha trabajado y no las cobrado, valoro cómo acreditarlas.
Pagas extraordinarias
Cuando no se abonan en la fecha o cuantía que corresponde.
Diferencias salariales
Entre lo que marca su convenio o contrato y lo que realmente percibe.
Empresa insolvente o cerrada
Le explico si su situación puede encajar en el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).